La propagación de enfermedades, como la gripe aviar, tiene con gran preocupación a la comunidad internacional debido a su gran impacto en la salud de los animales como las vacas. Este fenómeno no es ajeno a Colombia y por eso se han generado medidas para la protección de los mismos.
Este miércoles 31 de julio, el Instituto Colombiano Agropecuario, publicó la resolución 8949; destinada a controlar y tomar medidas de protección en lo que se refiere al traslado de ganado, equinos, aves, porcinos, y otros animales de producción. “Con el objetivo de prevenir y controlar la propagación de enfermedades, que representen una amenaza para la seguridad sanitaria del país, el Instituto Colombiano Agropecuario ICA estableció requisitos y condiciones para el traslado de animales en el territorio nacional, en una sola normatividad”, dijo el ICA.
Es que varias enfermedades acechan a los diferentes tipos de animales productivos. Algunas de estas son la fiebre aftosa, brucelosis bovina, peste porcina clásica y la influenza aviar. Estas enfermedades presentan un gran riesgo para el sector agropecuario debido a su alto índice de mortalidad, llevando a la reducción de la producción de productos alimenticios.
“La medida, establecida en la Resolución 8940 de 2024, unifica las obligaciones y trámites que deben realizar las personas y empresas que movilicen ganado, aves, caballos, porcinos, búfalos y ovejas, entre otras especies”, añadieron.
Por otra parte, en la resolución se establece que los predios que movilicen animales de producción, deben contar con las Guías Sanitarias de Movilización Interna, Gsmi. Esto con el fin de poder controlar todos los transportes, desde su origen hasta su respectivo destino.
“La expedición de esta resolución es el resultado de un trabajo importante que permite mejorar la prestación del servicio de expedición de GSMI, para lo cual se vienen integrando diferentes herramientas tecnológicas que validan el cumplimiento de los requisitos sanitarios”, se explicó.
Para poder obtener las Guías Sanitarias de Movilización Interna los productores deben tener en cuenta que su predio debe tener el Registro Sanitario de Predio Pecuario, además, el predio de origen del transporte debe estar habilitado por el ICA. De igual forma, el número de los animales transportados debe ir de acuerdo al inventario registrado, así como se debe contar con la Autorización Sanitaria de Inocuidad, ASI.
Juan Fernando Roa, gerente general del ICA, concluyó que “el control a la movilización animal y vegetal es indispensable para garantizar la sanidad en la producción agropecuaria del país, por lo que la racionalización y simplificación de trámites permiten que los usuarios accedan a los servicios que brinda el Instituto de manera ágil y efectiva”.
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