Desde que en octubre del año pasado el Gobierno anunció el acuerdo que se pactó junto a Fedegan para la compra de 3 millones de hectáreas, las dudas estaban centradas en todo el proceso de adquisición de dichos predios y la posterior entrega de las tierras a las diferentes comunidades.
Dicho acuerdo suscitado con Fedegan obligó al Gobierno a crear una estrategia que le permitiera recibir tierra desde otros sectores agropecuarios y no solamente del ganadero.
Ante la posibilidad de llegar a acuerdos con otros sectores, la Agencia Nacional de Tierras (ANT) explicó de manera detallada cómo es el proceso desde el momento en el que ingresa la oferta, hasta que se hace la parcelación del predio.
El proceso de compra
La primera fase es el ofrecimiento de tierras al Estado, el cual tiene dos vías para el gremio ganadero: pueden tramitar la solicitud ante Fedegan o hacerlo directamente con la Agencia Nacional de Tierras (ANT).
En el acuerdo suscrito entre ambas partes Fedegan participa como un facilitador del proceso, en ese rol lo que hace el gremio es conectar a los propietarios interesados en vender y al Gobierno.
Luego se hace la ubicación del predio en la base catastral. La ANT implementó el uso de tecnología satelital para mayor precisión y eficiencia.
Después se hace un análisis de la Unidad de Restitución de Tierras, en la que se descartan predios que tengan solicitud ante la entidad.
Los terrenos que pasan esta fase llegan al análisis de viabilidad técnica y jurídica, en el que se revisa que sea tierra fértil, que no tengan problemas jurídicos ni materiales, que cumplan con las disposiciones ambientales, agrarias y ecológicas y que la posesión esté en manos de sus propietarios.
El siguiente punto es el levantamiento predial y caracterización agronómica, fase en la que el propietario puede aportar el levantamiento topográfico o en el que la ANT hace análisis de imágenes y tomas de puntos de campo.
Posteriormente el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac) hace el avalúo comercial en el que se valora el terreno, las construcciones y/o los cultivos, conforme a los lineamientos de la entidad. El propietario del predio tiene la opción de controvertir el avalúo.
Finalmente se informa el área del terreno según el levantamiento topográfico de la ANT y el registro de la oferta en el folio de matrícula inmobiliaria. Luego se actualizan linderos y área de terreno en el folio de matrícula inmobiliaria.
¿Cómo se adjudica la tierra que ya se compró?
Lo primero que hace el Gobierno es establecer la Unidad Agrícola Familiar (UAF) y hace la valoración de sujetos de reforma agraria, mediante información Dian, Sisben, entre otros, además de establecer la vocación agraria.
La siguiente fase es la entrega del material e ingreso del Fondo de Tierras que se usa para la reforma agraria. Luego se hace el otorgamiento de escritura pública, el registro de tradición y libertad (Orip) y pago del predio.
Finalmente se hace la resolución de adjudicación a los sujetos de reforma agraria y registro en Orip, además de la parcelación del predio acuerdo al número de sujetos y a la información de la UAF.
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