Agro

¡Ojo! Este es el plazo para que fabricantes de alimentos de animales implementen BPMAA

Se trata de los principios básicos y prácticas generales sanitarias en la manipulación, procesamiento, envasado y almacenamiento
Natalia Gaviria González
26 de enero de 2022
ICA

El Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, hizo un llamado a los fabricantes e importadores de alimentos para animales para que antes del 3 de febrero logren implementar las Buenas Prácticas de Manufactura de Alimentos para Animales (BPMAA). La entidad recordó que el plazo máximo será hasta esa fecha.

Así quedó establecido en el Artículo 40, transitorio, de la Resolución 61252 de febrero 3/2020, que indica que “las personas naturales o jurídicas que cuenten con registro de empresas de alimentos para animales y/o registro de alimentos para animales vigentes a la entrada de la presente Resolución y conforme a lo establecido en las Normas 1056 de 1996 y 1698 de 2001, tendrán un plazo de dos años (2) contados a partir del 3 de febrero de 2020 para cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura de Alimentos para Animales– BPMAA”.

Las Buenas Prácticas de Manufactura de Alimentos para Animales son los principios básicos y prácticas generales sanitarias en la manipulación, procesamiento, envasado, almacenamiento y transporte de alimentos para animales, con el objeto de garantizar que estos se fabriquen en condiciones sanitarias que disminuyan los riesgos químicos, físicos y biológicos inherentes a la fabricación y sean seguros para la población animal de destino.

Este requisito es para las empresas y los importadores que ya contaban con el registro del ICA en el momento de la expedición de la Resolución. Los fabricantes e importadores que se registraron a partir de la expedición de la Resolución 61252, deberán dar cumplimiento a lo establecido en el anexo técnico en relación con las Buenas Prácticas de Manufactura de Alimentos para Animales (BPMAA) desde el momento de su registro.

“A partir del 3 de febrero de 2022 todas las empresas registradas ante el ICA como fabricantes e importadores de Alimentos para Animales deben cumplir con la totalidad del anexo técnico y serán objeto de control en cumplimiento del programa de inspección, vigilancia y control de la implementación de las BPMAA”, indicó el gerente general (e) del ICA, Juan Fernando Roa.

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